Cambio de Propietario (Enajenación de vehículo usado). - Yucatan work

Cambio de Propietario (Enajenación de vehículo usado).

Requisitos

1.- Identificación Oficial

Cualquiera de los siguientes:

  • a) Credencial del INE
  • b) Pasaporte Vigente
  • c) Licencia de conducir vigente del Estado de Yucatán
  • d) Cédula Profesional
  • e) Cartilla S.M.N. con máximo 5 años de haberse expedido.
  • f) Certificado de Antecedentes Penales. (Reciente)
  • g) Para extranjeros, documento vigente que acredite su legal estancia en el país. (Residencia Temporal, Permanente ó carta de Naturalización).
  • h) PERSONA MORAL, Inscripción en el RFC, en caso de cambio de razón social, entregar copia del acta constitutiva de la fusión o de la nueva denominación protocolizada ante fedatario público.

Nota:
- Si la identificación oficial presentada por el interesado tiene registrado un domicilio de otra entidad federativa, deberá presentar su comprobante de domicilio a su nombre y con dirección del estado de Yucatán.
- El comprobante de domicilio no deberá ser impreso de Internet.

2.- Comprobante de Domicilio (90 días máximo de expedición y estar a nombre del propietario del vehículo).

Cualquiera de los siguientes:
  • a) Recibo de Agua
  • b) Recibo de Luz
  • c) Recibo de Teléfono
  • d) Recibo Predial
  • e) Estado de cuenta
  • f) En arrendamientos presentar copia legible del contrato de renta ante Fedatario Público, anexando el comprobante de domicilio marcado en el contrato, que deberá estar a nombre del arrendador.
  • g) Si radica en el interior del estado, el domicilio puede ser avalado con constancia original expedida, firmada y sellada por la Presidencia Municipal de su localidad, anexando original y copia legible del comprobante de domicilio. (Solo aplica para Identificaciones Oficiales que ya cuentan con dirección en el Estado de Yucatán).
  • h) Las empresas que no cuentan con domicilio fiscal en el Estado, presentar carta membretada firmada por el representante legal de la empresa que se hace responsable del domicilio en el estado, anexando copia de su INE y del acta constitutiva de la empresa que se hace responsable. En caso de ser un empleado de la empresa el responsable de domicilio, la empresa deberá emitir un oficio con la dirección y nombre del empleado. En ambos casos anexar el comprobante de domicilio, que deberá estar a nombre del responsable del mismo.
Cuando el trámite lo realiza un tercero, éste deberá acreditarse con: carta poder e identificación oficial original. Las empresas o Instituciones expedirán el poder en hoja membretada acompañada de la identificación de la persona que otorga el poder y del acta constitutiva o de asamblea donde se acredite al poderdante.

3.- Documentos para acreditar la propiedad del vehículo:

  • a) Factura de origen: expedida por la agencia distribuidora con sello, firma y la leyenda de "Nuevo", si cambio de propietario deberá tener el endoso correspondiente al reverso.
  • b) Carta Factura Original, (60 días máximo de expedición), en original con sello y firma, emitida por la agencia automotriz o por la Institución que lo está financiando y copia de la factura de origen.
  • c) Copia del Contrato de Arrendamiento debidamente requisitado, mencionando el vehículo en cuestión, copias legibles del RFC del arrendador y del arrendatario, oficio original expedido por la arrendadora especificando el tipo de arrendamiento con los datos vehículo y copia legible de la factura de origen con sello y firma de la agencia.
  • d) Vehículos refacturados: copia legible de la factura de origen con sello y firma de la agencia distribuidora, copia legible de las refacturaciones posteriores y original de la última refacturación.
  • e) Diligencias de Jurisdicción Voluntaria promovidas por el propietario del vehículo. Éstas no son endosables. En caso de Venta es necesario un contrato privado de compra-venta de bien mueble ante fedatario público, en donde se haga constar la venta del bien mueble entre la persona que promovió las diligencias y el nuevo propietario, especificando los datos que identifiquen al vehículo, (marca, año modelo, número de serie de chasis y número de serie del motor), con firmas del vendedor (Promovente) y del comprador (Nuevo propietario).
  • f) Vehículos Extranjeros: Título de propiedad o Bill of Sale y pedimento aduanal de importación definitiva o constancia de regularización o documento que acredite la legal estancia en el país.
  • g) Vehículos adquiridos por Licitación: Acta de venta a favor del nuevo propietario, copia de la factura de origen y copia legible de la relación de los vehículos licitados.
  • h) Vehículos Adquiridos por Donación; Acta de entrega del vehículo ante fedatario público, a favor del nuevo propietario y copia legible de la factura de origen.
  • j) Vehículos Robados y Recuperados presentar además:
    • - Acta Ministerial de la denuncia.
    • - Reporte del robo ante la Policía Federal Preventiva
    • - Acta Ministerial de la Recuperación.
    • - Oficio de Liberación emitido por autoridad competente.
    • - Si el vehículo fue remarcado, (el número de serie), presentar oficio de la autoridad competente en el que se especifique cuales son los dígitos remarcados, (alterados).

5.- Póliza de Seguro Vigente que ampare al menos la responsabilidad Civil por daños a terceros.

6.- Tarjeta de Circulación.

7.-Comprobante del último pago de tenencia o derecho vehicular.

Notas:
- Cuando el vendedor es una Persona Moral, ésta deberá Refacturar a nombre del nuevo propietario, la factura deberá cumplir con todos los requisitos Fiscales.
- El documento que acredita la propiedad del vehículo deberá describir el automóvil con el año modelo, número de serie del chasis, número de serie del motor, marca y línea.

TODOS LOS VEHÍCULOS DEBERÁN SER PRESENTADOS PARA LA VERIFICACIÓN FÍSICA.

Nota: Si durante la verificación física del automóvil se detecta un cambio de motor, el nuevo propietario deberá de respaldar este cambio con la factura correspondiente al nuevo motor, la factura debe cumplir en su formato con los requisitos fiscales, además de mencionar el número de serie del motor.

Así mismo el vehículo deberá cumplir con los lineamientos marcados en el Titulo Cuarto, en sus Capítulos I y II que se encuentra en la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán y su Reglamento, vigente.

Costo:

1% del valor comercial del vehículo, establecido en el Libro Azul o Guía EBC, considerando el año, modelo y características del vehículo.




Centro de Servicios de Yucatán.
C. 20 #284 x 3C y 49 diagonal, Xcumpich, Mérida, Yucatán, C.P. 97119
Municipio: Mérida
930-32-00 extensión 40502, 40503, 40504.
Lunes a Viernes de 08:00 a 19:30 horas y Sábados de 08:00 a 17:30 horas.

Ref:
http://www.yucatan.gob.mx/servicios/ver_tramite.php?id=53

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